INTESBA

Asesoría laboral para empresas y autónomos

Llevamos la gestión laboral de empresas pequeñas y medianas y de personas autónomas en Barcelona: lo de todos los meses —nóminas, seguros sociales, altas y bajas— y lo que aparece de golpe —una inspección, un despido, una baja que se alarga—.

Y hay algo que no todas las asesorías pueden ofrecer juntas: la parte laboral y la de extranjería en el mismo despacho. Si contratas a una persona extranjera, la autorización, el alta y el contrato tienen que encajar entre sí, y encajan mal cuando los llevan dos sitios distintos.

Para empresas

  • Nóminas y seguros sociales: cálculo mensual, finiquitos, atrasos de convenio y presentación en plazo.
  • Altas, bajas y variaciones en la Seguridad Social, y comunicación de contratos.
  • Contratos: elegir la modalidad correcta, aplicar el convenio que toca y revisar las cláusulas que luego se discuten.
  • Bonificaciones y medidas de fomento del empleo que puedan aplicarse.
  • Obligaciones formales: registro de jornada, registro retributivo, protocolos y planes de igualdad cuando la plantilla los exige.
  • Incapacidad temporal, accidentes de trabajo y relación con la mutua.

Para autónomos

  • Alta en el RETA y en Hacienda, y elección de epígrafe.
  • Base de cotización: el sistema de cotización por rendimientos reales obliga a elegir tramo y a ajustarlo durante el año. La base se puede cambiar varias veces al año, y el cambio tiene efectos en la fecha que fija el reglamento, no en el momento de pedirlo.
  • Autónomos societarios: tienen reglas propias de base mínima y su situación se mira aparte.
  • Prestaciones: nacimiento y cuidado de menor, incapacidad temporal, cese de actividad. Lo que se cobra depende de lo que se haya cotizado antes, así que se planifica con meses de antelación.
  • Bajas, altas sucesivas y pluriactividad.

¿Vas a contratar o a darte de alta?

Media hora antes de firmar ahorra meses de arreglos. Cuéntanos qué tienes pensado.

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Cuando llega un problema

  • Inspección de Trabajo: requerimientos, actas de infracción y de liquidación, alegaciones y recursos.
  • Despidos: preparación de la carta, cálculo de la indemnización, conciliación administrativa y, si llega, la vía judicial con dirección letrada.
  • Reclamaciones de cantidad, modificaciones sustanciales y conflictos de convenio.
  • Expedientes de la Seguridad Social: reclamaciones de deuda, aplazamientos y revisión de bases.

En estos casos el calendario manda: los plazos de impugnación en materia laboral son de los más cortos del derecho español. Llámanos el mismo día que recibas la notificación.

Contratar a una persona extranjera

Es donde más se cruzan las dos áreas del despacho, y donde más caro sale improvisar:

  • Comprobar que la autorización habilita a trabajar, en esa ocupación y en ese ámbito geográfico.
  • Respetar los límites de jornada: 30 horas semanales en el arraigo socioformativo y en la estancia por estudios.
  • Cumplir los plazos de alta: hay autorizaciones cuya eficacia queda condicionada al alta en la Seguridad Social, con un mes para comunicarla.
  • Preparar la oferta de trabajo para un arraigo sociolaboral con los requisitos que pide el Reglamento, incluida la jornada mínima de 20 horas semanales.
  • Anticipar la renovación o modificación de la autorización de la persona trabajadora, para que la empresa no se quede sin ella de un día para otro.

¿Puedo contratar a una persona que está tramitando su arraigo?

No mientras no tenga la autorización concedida. En el arraigo sociolaboral el orden es justamente el contrario al que mucha gente supone: primero se presenta el contrato como parte de la solicitud, y el alta en la Seguridad Social llega después de la concesión, con un mes de plazo para comunicarla. Dar de alta antes expone a la empresa a una infracción grave.

¿Cada cuánto puedo cambiar mi base de cotización como autónomo?

El sistema de cotización por rendimientos reales permite ajustar la base varias veces a lo largo del año, y los cambios surten efecto en las fechas que fija el reglamento, no el día en que se piden. Como la base determina lo que se cobrará en una baja o en una prestación por nacimiento, conviene revisarla antes de que haga falta: subirla el mes anterior no sirve de casi nada.

Me ha llegado una citación de la Inspección de Trabajo. ¿Qué hago?

No contestar por tu cuenta y no esperar. Lo primero es ver qué se está investigando y qué documentación se requiere, porque lo que se entrega en la primera visita condiciona todo lo demás. Después, si hay acta, hay plazo para alegaciones. Trae la citación completa y los documentos que te piden.

¿Lleváis también la parte fiscal y contable?

Nuestro foco es la gestión laboral y el derecho de extranjería. Para lo mercantil y administrativo de la empresa, mira la página de asesoría de empresas; y si necesitas algo que no cubrimos, lo decimos y te orientamos, que es más honesto que improvisar.

¿Trabajáis con empresas de fuera de Barcelona?

Sí. La gestión laboral se lleva en remoto sin problema y la documentación va firmada electrónicamente. Lo que sí es local es la parte de extranjería ligada a la Oficina de Extranjería de Barcelona, que es la que conocemos a fondo: los expedientes se tramitan en la provincia donde está el centro de trabajo.

Esta página explica el trámite en términos generales y no sustituye al estudio de un caso concreto. La normativa cambia y cada expediente tiene sus circunstancias: consúltanos tu caso antes de presentar nada.

Tu gestión laboral, al día y sin sobresaltos

Nóminas, seguros sociales y contratos, con la parte de extranjería resuelta en el mismo despacho.

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